Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley Declara: 1:- Con Lugar la solicitud de RATIFICACIÓN de la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, impuesta al sancionado: "OMISIS", antes identificado, planteada por la Representación Fiscal, por el lapso que le falta por cumplir el cual es de dos (02) años, Once (11) Meses y veinticuatro (24) días de dicha Medida, cuyo vencimiento es el 31 de abril de 2013, con fundamento en lo contemplado en el artículo 647, literal f) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 621 y 629 ejusdem, que deberá cumplir en el Internado Judicial de esta ciudad de Carúpano, donde se encuentra recluido en virtud de la comisión del nuevo delito, por el cual se procesa ante el Tribunal de la Jurisdicción Penal Ordinaria, considerando.....