Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de admitir la presente demanda. Así se decide. En consecuencia, vista la demanda que antecede presentada por la ciudadana MAYBET CAROLINA GOMEZ MUNDARAIN, venezolana, mayor de edad, Ingeniera en Sistemas, titular de la Cédula de Identidad N° 19.527.075, domiciliada en la Calle Principal de Macarapana, Sector El Maco, Parroquia Macarapana, de esta ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistida por el Abogado LEOMAR DAVID AMBARD BOGADY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.124.419, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 176.338, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición.....