DISPOSITIVA
En virtud de todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, al ciudadano Miguel Ángel Mazarreli Guilarte, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 27.191.602, nacido en fecha 08-11-1996, de 19 años de edad, de profesión u oficio estudiante, de estado civil soltero, teléfono 0294-9820965, hijo de Yarlina Guilarte y Héctor Mazarelli, y residenciado en la Calle Principal del Sector Independencia, Casa S/N, cerca del Hospital, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de: Porte Ilícito de A.....