Es por lo que en consecuencia éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión del Proceso por el lapso de un (01) año, a la ciudadana Farelis Benita Ugas, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficio estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V 14.311.401, nacido el 14-05-78, edad 28 años, hija de Dolores de Ugas y Eleazar Ugas, residenciada en San Martín, calle Páez casa n° 48 Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; debiendo cumplir la acusada con las condiciones impuestas. Se ordena librar oficio a la Unidad de alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal.
La Jueza Cuarta de Control
Abg. Lourdes María Salazar La Secretaria
Abog Carmen Milano