DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, quedando extinguida la misma, conllevando esta situación a este tribunal a DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de las ciudadanas ELIANA ALVAREZ Y MARIA COA; por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana IVORY ALEJANDRA HIDALGO LOPEZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 15.742.273 y residenciado en Boca de Sabana, Calle Principal, Casa sin número, de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre; Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, conforme a lo establecido en el artículo 175 y 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las presentes actuaciones al Juzgado de Ejecución Competente en el lapso legal correspondiente, una vez consignadas las correspondientes resultas.