DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Quinto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Primero: Se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los imputados: Enrique Alexander Moya Contreras, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 18 años de edad, nacido en fecha 20-05-1990, titular de la cédula de identidad N° 19.650.004, de profesión u oficio estudiante del cuarto año de bachillerato, de estado civil Soltero, hijo de Rogelio Moya T. y Blanca Nieve Contreras, y residenciado en la Primera Calle, Casa N° 0816, de Charallave, cerca del Bodegón Aldemaris, y una cauchera, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; y Oscar Alexander Moya Torres, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 40 años de edad, nacido en fecha 14-08-1968, titular de la cédula de identidad N° 11.442.281, de profesión u oficio Albañil, de estado civil Ca.....