PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, intentada por los co-demandante; YSAEL JOSE GUERRA GONZALEZ, PEDRO EMILIO BELLORIN LEON y NIOLBERT GUSTAVO SALAZAR BRAVO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nºs 13.076.977, 15.243.529 y 14.717.320 respectivamente, en contra de LYMA ASESORES, C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de Antigüedad de conformidad con lo establecido en la Convención Colectiva de Trabajo para el área de la Construcción, Indemnización prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas, Suministro de botas y trajes de trabajo, Bono de Asistencia no cancelado e indemnización por falta de pago oportuno previsto en la cláusula 47, no cancelados según la citada convención, para el co-demandante; PEDRO EMILIO BELLORIN LEON antes ident.....