Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JOSE GREGORIO AGUILERA, venezolano, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal, de 47 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.939.474, de estado civil: casado, de profesión u oficio: agricultor, nacido en fecha 10-01-1965, hijo Catalina Aguilera y Mancho Campos, y con domicilio en: El Sector Pueble Viejo de la Población de Yoco, Calle Cotón, casa s/n, Municipio Valdez del Estado Sucre; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal; consistente en un régimen de presentaciones, cada quince (15) días, por ante la Comandancia de la Policía Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por el lapso de Seis (06) meses, así como la obligació.....