éste Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EJECUTADA LA REDENCION DE PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO realizado al penado: ALEXANDER JOSE LAREZ SANCHEZ, Se Condenó al Ciudadano: Alexander José Larez Sánchez, venezolano, de 20 años de edad, de profesión u oficio: Agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° 25.557.841