Con fuerza en los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Control del Sistema de Responsabilidad Penal de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, resuelve:
PUNTO PREVIO: En cuanto a lo manifestado por las partes, lo dicho por la Defensa Privada en la cual solicita se deje sin efecto las actas de entrevista se niega dicha solicitud, por cuanto no se ha violentado ningún derecho constitucional ni fueron incorporadas de maneras ilícitas, se niega también el sobreseimiento por la magnitud del tipo penal señalado, solicitado por la referida defensa por cuando los hechos acontecidos son recientes.
PRIMERO: ADMITIR totalmente la Acusación fiscal, presentada en fecha 16-07-2018, conforme a lo establecido en el artículo 578, literal "A", en relación con el artículo 579, literales "A, F, H, I", ambos de la Ley.....