este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al ciudadano DIEGO LUIS BRITO, venezolano, de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.318.367, natural de Caripe, Estado Sucre, nacido en fecha 13/11/1978, de profesión u oficio agricultor, residenciado en Santa María de Cariaco, Caserío Los Cabimbos, Calle Principal, Rancho S/N°, frente a la Iglesia Católica, Municipio Ribero del Estado Sucre; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, concatenado con el segundo aparte, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; pena ést.....