Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda dejar sin efecto la Orden de Aprehensión dictada por el Tribunal Quinto de control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 22-05-2007, según oficio N° RJ11OFO2007004873, en el asunto seguido al Penado: YORFRAN JOSE ARIAS ANGULO, Venezolano, Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-14.450.835