Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio TEODORO DEL VALLE GOMEZ RIVAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 15.993, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante; contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha catorce (14) de Diciembre de 2015, que inadmitió el medio de prueba relacionado con la experticia.- SEGUNDO: inadmisible el medio probatorio de experticia de conformidad con el artículo 451 del Código de Procedimiento Civil, todo relacionado con juicio de reivindicación ENSO F.....