Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, a favor de los imputados: FREDDY DANIEL DEL JESUS MANEIRO VIVAS, venezolano, Natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad 24.692.139, nacido en fecha 05-05-1.995, y residenciado en: Campo claro, Sector Cibiza, casa s/n, cerca del mercal, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, y JESUS ALBERTO DIAZ YEGUEZ, venezolano, Natural de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad 25.557.815, nacido en fecha 06-07-1.990, y residenciado en: Campo claro, sector el saco, casa s/n, cerca de la bodega del señor Carlitos, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, consistente en: 1.- No Ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, sin la autorización, y acudir a todos los llamados hechos por el Tribunal y por el.....