este Juzgado Primero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, A FAVOR DE LAS IMPUTADAS YULEISY MARÍA HENRÍQUEZ HENRÍQUEZ, y ANTONIA MARÍA CAMPOS FUENTES, en la causa que se les iniciara por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Pero en vista que sobre las mismas, cursa orden de aprehensión librada en su contra en el día de hoy, por este mismo Tribunal, la libertad de los imputadas de autos, no se materializa, ya que las mismas serán impuestas del motivo de su aprehensión en el día de hoy.