, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar las medidas de Protección solicitadas por el Fiscal Superior del Ministerio Público, a favor de la ciudadana ROSANA DEL VALLE MEAÑO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 17.540.927, domiciliada en la Calle Miramar, casa N° 131 (cerca del Bodegón de Alejandro) Cumaná Estado Sucre y del ciudadano WILMEN LUIS MEAÑO PAREJO, titular de la cédula de identidad N° 8.638.190, domiciliado en el Cumanagoto Segundo, calle Venezuela, casa N° 1 de la ciudad de Cumaná Estado Sucre, consistiendo la misma en Apostamiento Policial permanente en el domicilio de las mencionadas víctimas