Este Tribunal SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PROCEDENTE LA ACLARATORIA SOLICITADA POR LA PARTE ACTORA y en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, se procede a aclarar la precitada decisión en los siguientes términos: PRIMERO: Se condena en costas a la parte demandada ciudadana MAGDALI LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.363.501, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente perdidosa en el presente juicio.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada ciudadana MAGDALI LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.363.501 entregar a la parte actora SOCIEDAD MERCANTIL "TECNICA AFE, C.A" libre de perso.....