DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx presuntamente incurso en la comisión del delito VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de xxxxxxxxxxxxx; conforme al artículo 582 literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en PROHIBICIÓN DE SALIR DE LA JURISDICIÓN DEL ESTADO SUCRE SIN PREVIA AUTORIZACIÓN DEL TRIBUNAL, así como la PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO A LA VICTIMA, FAMILIARES Y RESIDENCIA DE LA MISMA. Líbrese Boleta de Libertad adjunto a Oficio dirigido a la Estación policial del IAPES Cum.....