Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE, para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
SEGUNDO: ADMISIBLE, el recurso interpuesto por los ciudadanos Adolfo José Gil Rodríguez , Jesús JOSE Cortesía Patiño, Pedro Luis Patiño Maican, James José Gómez Astudillo, Joel Luis González Roque, Yanet Del Valle Guilarte Cortesía titulares de las cedulas de identidad Nª 10.466.430, 10.953.936, 10.946.989, 11.832.927, 8.434.681, 12.268.284, respectivamente, asistidos por el abogado Eleazar José Cabello, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro.138.942, contra el Acto Administrativo Nº 01 De Fecha 05 De Enero De 2012 Emanado por el Concejal Florencio Contreras.