este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la pretensión de Divorcio fundamentada en el ordinal 2° y 3° del Código Civil, incoada por la ciudadana CRUZ TERESA GALANTON DE HENRIQUEZ, portadora de la cédula de identidad N° V- 8.434.858, representada judicialmente por el abogado en ejercicio JESÚS ERNESTO RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 107.034, contra el ciudadano ROSENDO LUIS HENRIQUEZ LICET, portador de la Cédula de Identidad N° V- 8.442.133, y en consecuencia declara: DISUELTO el matrimonio contraído por ambas partes, en fecha 16 de Julio de 1982, por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, según acta N° 173.