Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO, en contra de la Alcaldía del Municipio Benítez del Estado Sucre, hasta por la cantidad de Cinco millones doscientos cuarenta y cuatro mil ciento veinte bolívares sin céntimos (Bs. 5.244.120,00), cantidad ésta que corresponde al doble de la suma demandada, que es la cantidad de Dos millones seiscientos veintidós mil sesenta bolívares (Bs. 2.622.060,oo), todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 161, parágrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y 527 del Código de Procedimiento Civil.-