Este Tribunal Primero de Juicio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Considera este Tribunal que quedó suficientemente demostrado el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL A TÍTULO DE DOLO EVENTUAL (HOMICIDIO DE TERCER GRADO), previsto y sancionado en el artículos 405 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN CARDIET NÚÑEZ DE LÓPEZ y SE DECLARA CULPABLE al acusado HERMES DOUGLAS GUERRA MATA, venezolano, nacido en fecha 09/1/1963, de 49 años de edad, cédula de identidad V-8.441.460, natural de Cumaná, hijo de Hermes Guerra y Olivia Mata, divorciado, de profesión u oficio dueño de una estética, residenciado en Urb. San Miguel, Calle 4, Casa Nº 30-17, Cumaná, Estado Sucre. Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conform.....