por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos JOSÉ GREGORIO BRITO MAZARELLI, Venezolano, natural de Carúpano, Titular de la Cedula de Identidad Número V-27.335.895, de 18 años de edad; nacido el 03-03-1997, soltero, obrero, hijo de Carmen Dorivia Mazarelli y José Gregorio Brito, Residenciado en Guiria de la costa, sector la salina, calle el calvario, casa Nº 57, Municipio Valdez del Estado Sucre TLF: 0424-859.49.37, MAIKER JOSÉ ARBELAEZ, Venezolano, natural de Guiria de la Costa, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 23.550.686,.....