III
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Nulidad ejercido por el ciudadano Juan Guillermo Hoyos Posada, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.377.275, actuando en este acto en su carácter de Director Gerente de la empresa Tejidos Corona, C.A., asistido por el abogado Jesús Real Mayz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.439, contra la Providencia Administrativa de fecha 18 de junio de 2003, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Cumana del estado Sucre.