Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada AMAGIL DEL VALLE COLÓN GONZÁLEZ, Defensora Pública Segunda en Materia Penal Ordinaria del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, contra la decisión dictada en fecha 12-05-2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad del imputado RAÚL ALEXANDER JIMÉNEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.554.611, domiciliado en Carúpano Estado Sucre, a quién se le iniciara investigación por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión recurrida. TERCERO: Se acu.....