En consecuencia, este Tribunal Quinto de Control en Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, escuchada la Admisión de los Hechos, CONDENA al acusado ORLANDO JOSÉ LEÓN MARCHAN, venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.18.417.623, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 13-03-86, soltero, de profesión u oficio indefinido, residenciado en el Calle 19 de Abril, casa N° 11, Cumaná, Estado Sucre, hijo de Luisa Marchan, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO CON FRACTURA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos y sancionados en los artículos 453, en concordancia con el último aparte artículo 80 del Código Penal vigente, en perjuicio Luis Beltrán Mejías; a cumplir la pena definitiva de (02) DOS AÑOS de PRISIÓN, más las accesorias de Ley; pena que se cumplirá aproximadamente para el mes de Agosto del año 2008, por lo que se ordena su reclusión en el Internado Judicial de esta ciudad E.....