Por todos los Razonamientos de Hecho y de derecho anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, administrando justicia, En Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta, la Extinción de la pena de Seis (06) meses de Prisión, que le fuera impuesta al ciudadano JHONHENRY FIGUERA RIGAUD, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.585.296, de profesión u oficio: Obrero, nacido en fecha 15-08-1988, de 23 años de edad, hijo de Josefina deL Valle Regaud de Figuera y Herry del Valle Figuera, y domiciliado en la Calle Principal, Sector Valle Verde, Calle Principal, casa sin numero, donde queda la bodega Valle Verde, como a tres casas mas arriba del gimnasio de boxeo, Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre, por el Tribunal Quinto de Control de esta extensión Judicial, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUS.....