Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 471 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena de: UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS Y SEIS (06) HORAS DE PRISIÓN, impuesta al ciudadano: JESÚS ALBERTO ALFONSO RENDÓN, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.775.968, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 28/02/1987, de profesión u oficio panadero, residenciado en Campeche, Calle 05, Sector 03, Casa N° 25, frente al Liceo Gran Mariscal de Campeche, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre armas y Explosivos y RES.....