y presentaron demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONES, contra el ciudadano JUAN CARLOS NAVARRO BRITO, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.454.540, y por cuanto del libelo de la demanda se desprende, que la Cuantía del juicio fue estimada por la parte actora en la cantidad de CINCUENTA Y UN MIL BOLÍVARES (Bs. 51.000,00), lo que representa CUATROCIENTAS SIETE COMA CINCUENTA Y SIETE UNIDADES TRIBUTARIAS (407,57 U.T.), es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que no tiene Competencia para Conocer y Decidir la presente causa y en consecuencia, Declina la misma para ante el Tribunal Distribuidor Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Ju.....