Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia, En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra los imputados GABRIEL MANUEL GUERRERO GUERRA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.337.580, de 26 años de edad, natural de San Félix, Estado Bolóvar; nacido en fecha 05-04-87, soltero, de oficio soldador, hijo de Domingo Guerrero y Elizabeth Guerra, residenciado en Casanay, Sector San Agustín II, casa S/N°, a 300 metros de la aldea Bolivariana; Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; teléfono 0426-979.00.21; JUAN JOSÉ YÁÑEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.885.152, de 42 años de edad, natural de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; nacido en fecha 28-01-72, soltero, de oficio alba.....