Por lo tanto, como está probado en autos, que los solicitantes han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, este Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido por el artículo 185-A del Código Civil, declara DISUELTO el matrimonio contraído por los ciudadanos CARMEN VIRGINIA AVIS y CARLOS LUIS MAESTRE, en la Prefectura de la Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre del Estado Sucre, el cuatro (04) de febrero de mil novecientos ochenta y seis (1986).