Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Sustituye el cumplimiento de la medida de Privación de libertad simultaneo de las medidas de Reglas de conducta y libertad asistida por el lapso que le falta por cumplir de un (01) año, siete (07) meses y veintiséis (26) días, de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes, y las copias solicitadas por las partes. La Libertad asistida consiste en asistir una (1) vez al mes a evaluación Psicosocial con el personal adscrito al centro, las reglas de conducta consisten en Primero: presentarse una vez al mes ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Segundo: estudiar o trabajar y presentar ante este despacho la respecti.....