Con base a todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A interpuesta conjuntamente por los ciudadanos: NICE TERESA RONDON GARCIA Y LUIS DEL VALLE COVA GONZALEZ, antes identificados, y por consiguiente, declara Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído en fecha Doce (12) de Diciembre de Mil Novecientos Sesenta y Nueve (1969), por ante la Prefectura del Distrito Ribero (hoy Municipio Ribero) del Estado Sucre, y así se decide.