este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de Divorcio fundamentada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil incoada por el ciudadano ANGEL LUIS LOPEZ SANCHEZ, portador de la cédula de identidad Nº V-13.597.845, representado judicialmente por el abogado en ejercicio JORGE JUAN BADARACCO ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 39.780, contra la ciudadana DIOMARIS CAROLINA PEREZ PADILLA, portadora de la cédula de identidad N° V-16.701.918, y en consecuencia declara: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ambos, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre del Estado Sucre, el día 27 de Agosto de 2.005, según acta N° 226.