Vista la diligencia de fecha 28 de Enero de 2.009, suscrita por el ciudadano SELMAN NEMR HALAOUY GHOSN, titular de la Cedula de Identidad N° 23.945.657, parte demandada en el presente juicio, asistido por la abogada en ejercicio GISELA RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 119.935, y visto los documentos consignados el tribunal orden agregar a los autos, y vista la diligencia de fecha 30 de Enero de 2.009, suscrita por la abogada en ejercicio ROSANDRA MARIA PROSPERI SALGADO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.562, apoderada judicial de la parte demandante, respectivamente, y vista igualmente la Transacción efectuada por las partes intervinientes en el presente juicio, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivarian.....