LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 05 de Febrero de 2.009.-
198° y 149°
Sol. N° 5.421.-
SOLICITANTE: RAFAEL MARTÍNEZ MALAVÉ, titular de
la Cedula de Identidad N° 534.586.
DOMICILIO: Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
APODERADO: No Otorgó Poder.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Vista la solicitud presentada por el Ciudadano RAFAEL MARTÍNEZ MALAVÉ, venezolano, mayor de edad, Casado, titular de la Cédula de Identidad N° 534.586, Auxiliar de farmacia y de este domicilio, asistido por la Abogada en ejercicio ÁNGELA NIETO DE GARCÍA, inscrita en el InpreAbogado bajo el Nº 50.295 y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: ZOE MARIA PINO ALIENDRES Y ALEXIS DEL VALLE GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 3.134.935 y 10.221.127, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante en Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto él demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA: LOURDES JOSEFINA PAZ DE MARTÍNEZ a los ciudadanos RAFAEL MARTÍNEZ MALAVÉ y CARMEN PILAR MARTÍNEZ MALAVÉ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N° 534.586 y 6.954.767, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de los terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide. Así mismo, se ordena expedir la copia fotostática certificada solicitada.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.-
La Secretaria, Acc.,
T.S.U. Dameris Josefina Rondón.
Constante de Dieciocho (18) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria, Acc.,
T.S.U. Dameris Josefina Rondón.
Sol. Nº 5.421.-
SGDM/Fvc/ecm.-
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