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Decisiones del dia 04/11/2010

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : RP11-P-2009-001634 N° Sentencia : Fecha: 04/11/2010
Procedimiento:
Cómputo
Partes:
OMISIS
Resumen:
Primero: Se observa que en el asunto N° RP11-P-2009-001634, se sancionó al joven antes identificado al cumplimiento de la medida libertad asistida e imposición de reglas de conducta, por el lapso de dos (02) años, a los cuales se les descontó un día de privación de liberta, quedando como sanción a cumplir, un (01) año once (11 meses y veintinueve (29) días. En el asunto N° RP11-P-2009-001635, se le sancionó al cumplimiento de las medidas de libertad asistida e imposición de reglas de conducta, por el lapso de un (01) año y en el asunto RP11-D-2009-000282, se le sancionó al cumplimiento de las medidas de libertad asistida e imposición de reglas de conducta, por el lapso de un (01) año. Segundo: al acumularse los asuntos arriba enumerados el cumplimiento de las sanciones se subsumió y en consecuencia el sancionado quedo obligado al cumplimiento de las medidas de Libertad asistida y reglas de conducta por el lapso de un (01) año once (11) meses y veintinueve (29) días, ya que las.....
Juez/Ponente:
Luis A. Prieto Jimenez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
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N° Expediente : RP11-D-2010-000214 N° Sentencia : Fecha: 04/11/2010
Procedimiento:
Auto De Ejecución De Sanción
Partes:
OMISIS VS. LA COLECTIVIDAD
Resumen:
este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución, de la presente Sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647, de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en los términos siguientes: Primero: Se Observa en el presente Asunto, que el sancionado fue objeto de detención preventiva desde el 22-08-2010, hasta el 04-10-2010, fecha en la que el Tribunal le acordó medida cautelar sustitutiva, lo que totaliza el lapso de un (01) mes y ocho (08) días. Ahora bien, procediendo de conformidad con el Parágrafo Segundo del Artículo 622, ejusdem, se debe considerar el periodo de prisión preventiva, descontándosele al lapso de la sanción impuesta, por lo que la sanción que en definitiva debe cumplir el sancionado es de: un (01) año, cuatro (04) mes.....
Juez/Ponente:
Luis A. Prieto Jimenez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
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N° Expediente : RP11-P-2010-000812 N° Sentencia : Fecha: 04/11/2010
Procedimiento:
Acumulacion De Causas
Partes:
OMISIS
Resumen:
este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley, Acuerda, LA ACUMULACIÓN del Asunto N° RP11-P-2009-001634, al presente Asunto identificado con el N° RP11-P-2010-000812 y en consecuencia, LA ACUMULACIÓN DE LAS SANCIONES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD y LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, impuesta al sancionado: "OMISIS", antes identificado, faltándole por cumplir, dos (02) años, dos (02) meses y once (11) días, de la sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, cuyo vencimiento corresponde el 15 de Enero de 2013 y un (01) año ocho (08) meses y veintinueve (29) días, de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, con vencimiento el 14 de octubre de 2014, con fundamento en los artículos 646; 647, literal i), de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos: 479, n.....
Juez/Ponente:
Luis A. Prieto Jimenez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
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N° Expediente : RP11-D-2010-000196 N° Sentencia : Fecha: 04/11/2010
Procedimiento:
Auto De Desestimacion De La Solicitud De Perescrip
Partes:
OMISIS VS. LA COLECTIVIDAD
Resumen:
este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en nombre de la República, por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución, de la presente Sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647, ibídem en los términos siguientes: Para el cumplimiento de la medida de AMONESTACIÓN, los adolescentes deberán ser severamente recriminados, de manera verbal y directamente el día de la Audiencia de Imposición, que tendrá lugar el 30 de noviembre de 2010, a las 10:00 de la mañana, en la sede de este Circuito y Extensión Judicial, de manera que comprendan la ilicitud, de los hechos cometidos; en consecuencia, cítese a las partes para que comparezcan, el día y hora señalados, para imponer a los sancionados del presente Auto de Ejecución. Líbrese Boletas de Citación. Cúmplase.- El Juez de Ejecución Abg. LUÍS ALFREDO PRIETO JIMENEZ .....
Juez/Ponente:
Luis A. Prieto Jimenez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
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N° Expediente : RP11-D-2010-000221 N° Sentencia : Fecha: 04/11/2010
Procedimiento:
Auto De Ejecución De Sanción
Partes:
OMISIS VS. LA COLECTIVIDAD
Resumen:
este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución, de la presente Sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647, de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en los términos siguientes: Primero: Se Observa en el presente Asunto, que el sancionado fue objeto de detención preventiva desde el 01-09-2010, hasta el 02-09-2010, lo que totaliza el lapso de un (01) día. Ahora bien, procediendo de conformidad con el Parágrafo Segundo del Artículo 622, ejusdem, se debe considerar el periodo de prisión preventiva, descontándosele al lapso de la sanción impuesta, por lo que la sanción que en definitiva debe cumplir el sancionado es de: Un (01) año; Once (11) meses y veintinueve (29) días, de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS.....
Juez/Ponente:
Luis A. Prieto Jimenez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
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