este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus LUIS RAFAEL ASTUDILLO ROMERO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 11.146.209, a la ciudadana MARIA JOSE MARTINEZ DE ASTUDILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V.12.269.877, a los ciudadanos LUIS RAFAEL ASTUDILLO MARTINEZ y JOSE LUIS ASTUDILLO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V.24.513.617 y V.22.650.822, a las adolesc.....