Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Primero: la SUSTITUCION la sustitución de la medida de Privación de libertad impuesta a "OMISSIS", por la comisión de los delitos de Robo Agravado, Homicidio Intencional Calificado En La Ejecución De Un Robo Por Motivos Fútiles E Innobles En Grado De Frustración Y Aprovechamiento De Cosas Provenientes Del Delito, previstos en los Artículos 458, 406 ordinal 1 en concordancia con el articulo 80 ejusdem, y 470 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Hernán Álvarez Hernández, y Persona Desconocida; por el cumplimiento de la medida de libertad asistida por el lapso que le falta por cumplir de un (01) año, diez (10) meses y veinticinco (25) días quedando obligado a presentarse una vez al mes por ante el personal técnico .....