DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: VÍCTOR MANUEL ACOSTA, natural de Guiria, Estado Sucre, de 54 años de edad, nacido en fecha 02-06-1960, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número 5.912.532, hijo de Víctor Manuel Bompart y Beatriz Acosta, de profesión u oficio pescador, y residenciado en: Guiria, Barrio Brisas del Río, avenida San Antonio, vereda 17, casa 17, cerca de la panadería, al lado de la Sra. cosmelina, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a .....