Por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR la demanda intentada por ANTONIO LA BANCA contra GUILLERMO RAFAEL MUNDARAÍN VELÁSQUEZ, por la pretensión de resolución del contrato de arrendamiento del inmueble constituido por el local comercial, situado en la avenida Cancamure, frente a la urbanización San Miguel, Cumaná, y las pretensiones por concepto de entrega del inmueble; pagos por los veintisiete (27) cánones de arrendamiento de los meses comprendidos entre junio de dos mil ocho (2008) y septiembre de dos mil diez (2010), por la suma de Quince Mil Ciento Cinco Bolívares (Bs. 15.105,oo); por la cantidad de Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Bolívares (Bs. 56.800,oo), por la instalación de un piso de granito; por concepto de daños y perjuicios, por no cancelar los .....