D E C I S I ÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JESÚS AMARO ALCALÁ, actuando con el carácter de Defensor Público Sexto del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, de fecha 10 de junio de 2009, mediante la cual declaró improcedente el otorgamiento de Fórmula Alternativa al Cumplimiento de Pena de Destino a establecimiento Abierto, Régimen Abierto, a los penados CARLOS ALBERTO VILLAMIZAR Y JESÚS RAFAEL MALAVÉ COVA, en el asunto que se le sigue por el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sa.....