Por todo lo antes expuesto, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la Sentencia de fecha 14-07-2008, por el procedimiento de Admisión de los Hechos, dictada por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano Vicente Isaías Bello Torres, venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 22-09-88, Titular de la Cédula de Identidad Nº 24.316.512 de profesión u oficio Obrero, de estado civil soltero, hijo de Marisol Torrez y Vicente Bello, y residenciado en la Calle Principal del Barrio 22 de Agosto, de San Martín, cerca de la Bodega del Señor Vicente, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre; a cumplir la pena de.....