este Tribunal, dan fe del derecho o pretensión del solicitante, así como también los recaudos consignados se demuestran el derecho o pretensión del solicitante, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, suficiente a favor de la ciudadana HIND ABOURASS DE SALAH, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.841.918 y de este domicilio, representada en este acto, por el ciudadano SALVADOR SALAH NASSER, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.659.622, según se evidencia en Documento Poder debidamente Registrado ante la Oficina de Registro Público del.....