este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES, decretada por este Juzgado, y en consecuencia declara disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos RICARDO JOSE FRANCO PEREZ y NORELYS DEL VALLE MEAÑO BARRETO, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre del Estado Sucre, el día 30 de Diciembre Dos Mil Cuatro (2004), según acta Nº 157, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 primer aparte del Código Civil. Así se decide.