DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Revisión interpuesto por el penado HERMES FIGUERA CONQUISTA, titular de la cédula de identidad N° 15.743.391, a quien el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, le dictó sentencia en fecha 11 de febrero del año 2005, condenándolo a cumplir la pena de Quince (15) años de presidio, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 numeral 1, hoy artículo 406 numeral 1 del Código Penal vigente, en perjuicio de LUIS ANTONIO HURTADO (Occiso). SEGUNDO: declara CON LUGAR el Recurso de Revisión interpuesto por el citado penado. TERCERO: SE REVISA Y AJUSTA, la pena a.....