DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en la causa seguida a las ciudadanas: Maria Ramírez, Rondón, soltera, edad 59 años, nacida en fecha 24-07-1950, hija de Eloisa Rondón y Pedro Ramírez, titular de la cédula de identidad N° 5.870.264, de oficios del hogar y residenciada en Calle Los Jardines, San Martín, sin número, Carúpano Estado Sucre y Maria Elizabeth Martínez, venezolana, soltero, edad 45 años, nacida en fecha 13-11-59, de oficio peluquera, titular de la cédula de identidad N° 6.545.788, hija de Luisa Martínez y de Claudio Martínez, residenciada en Calle Los Jardines, sector las Acacias, San Martín N° 9, Carúpano Estado Sucre, por la comisión de los delitos de lesiones personales leves y lesiones personales menos graves, previsto y sancionado en los artículos 418 y 415 ambos del código penal, en perjuicios de las mismas ciudadanas, en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEI.....