este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer del juicio que por INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, sigue la ciudadana LEONOR YALIZSET MÁRQUEZ BATIZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.072.082, actuando en nombre propio y en representación de su hijo XXXXXX, de seis (06) años de edad, asistida por la abogada en ejercicio CARMEN DEL VALLE GIL MADRID, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 107.028; contra el ciudadano JOSE FELIX CASTAÑEDA CABELLO, titular de la cédula de identidad Nº 14.815.845; y así mismo, DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a quien corresponda previa su distribución y, a .....