, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD que le fuera impuesta, al imputado, JOANGEL RAFAEL URBANEJA URBANEJA, venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha 07-11-84, titular de la cédula de identidad N° 19.762.555,hijo de Diocelina Urbaneja y Jenovito Urbaneja, residenciado en el Sector El Tacal II, casa sin numero, detrás de la escuela, Cumaná, Estado Sucre, quien está siendo defendido en esta causa por la abogada Carolina Martínez, y a quien la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Circuito Judicial, le imputa la presunta comisión de los delitos de Distribución de Estupefacientes, ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 219 numeral 1° del Código Penal, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal en concordancia con el Artículo 9 de la Ley y reglamento de Armas y E.....