Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con los artículos 482, 493 y 494, todos del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la Sentencia de fecha 28-01-2009, dictada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, cursante a los folios del 71 al 75 de la presente causa, mediante la cual se CONDENÓ al ciudadano LUGO CAMPOS ROLANGER RAMÓN, venezolano, soltero, de 28 años de edad, nacido en fecha: 30-08-79, titular de Cédula de Identidad N° V- 14.064.570, de Profesión u Oficio: Comerciante, hijo de: Ramón Lugo, y Nancy Campos, domiciliado en Río Caribe, calle Piar, casa Nº 32, Municipio Arismendi, Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISI.....